Videoacta y acta digital: qué es y cómo funciona | aranova.cloud
Todo lo que hay que saber
Cómo funciona la videoacta y qué necesita un ayuntamiento
Funcionamiento
La secretaría o la persona responsable inicia la sesión desde el portal de gestión. La emisión y la grabación se realizan automáticamente. Durante la sesión se marcan los puntos del orden del día para facilitar su consulta posterior. Al finalizar, el sistema genera un borrador que secretaría revisa antes de autorizar su publicación. Esta revisión no sustituye la aprobación formal del acta. Las sesiones publicadas se consultan desde un portal web creado para el ayuntamiento.
La videoacta y el acta digital
La solución relaciona la grabación con los puntos del orden del día y la documentación asociada. Al finalizar la sesión, genera un borrador para su revisión y autorización de publicación por secretaría. No genera un acta sucinta ni redacta automáticamente los acuerdos.
Relación con el acta escrita
La plataforma no genera actas sucintas ni redacta los acuerdos adoptados. La elaboración, aprobación y firma del acta siguen el procedimiento que corresponde al ayuntamiento.
Firma electrónica y aprobación del acta
La solución vincula la grabación de la sesión con el acta y permite su firma electrónica y consulta por puntos del orden del día. La elaboración, aprobación y firma del acta corresponden al ayuntamiento conforme al procedimiento aplicable. La aprobación del acta corresponde al Pleno y la fe pública corresponde a la secretaría.
Funciones opcionales
La identificación de hablantes, el subtitulado y la transcripción del audio a texto son prestaciones opcionales.
En qué se diferencia de un vídeo normal
Cualquiera puede subir la grabación de un pleno a una web. Una videoacta se distingue en cuatro cosas:
Está indexada. Cada punto del orden del día tiene su marca de tiempo. La ciudadanía salta directamente al asunto que le interesa, igual que salta a un capítulo.
Está unida al acta. El vídeo y el acta digital van juntos: quien consulta el acuerdo puede ver el debate que lo produjo, y las actas electrónicas de la sesión se consultan junto a la grabación.
Está firmada. El sistema genera la huella digital del vídeo y lo firma electrónicamente desde la secretaría, para garantizar su autenticidad e integridad.
Está custodiada. Se guarda una copia en el propio servidor de la institución y la sesión se publica en un portal web creado para el ayuntamiento, no en la plataforma de un tercero.
Qué necesita un ayuntamiento para implantarla
Un salón de plenos con señal. Si ya hay cámaras y microfonía, se integran con la plataforma. Si no las hay, se instala un sistema de conferencias adaptado al espacio: una o varias cámaras en alta definición, fijas o robotizadas, con sistemas manuales o automatizados de identificación de la persona interviniente. Conexión a internet en el salón de plenos. La señal se envía a la nube por RTMP o SRT desde el propio equipamiento. Un punto de publicación. Las sesiones se publican en un portal web creado para el ayuntamiento, con el logotipo y la imagen corporativa de la entidad. Decidir qué es público y qué no. Plenos abiertos, comisiones cerradas, mesas de contratación: la plataforma permite aplicar geobloqueo, restricción por dominio y control de acceso allí donde haga falta. Las sesiones telemáticas o mixtas. Se integran con la herramienta de videoconferencia que ya use la corporación — el caso de Villamayor funciona con Zoom —, de modo que la señal remota forme parte de la misma emisión.
Lo que conviene preguntar a cualquier proveedor
¿El vídeo queda indexado por puntos del orden del día, o es un archivo único de dos horas?
¿El acta se firma electrónicamente y queda unida al vídeo, o son dos cosas separadas?
¿Dónde se aloja la grabación, y con qué copia de seguridad?
¿Se puede emitir desde la web del ayuntamiento, o la ciudadanía acaba en el dominio de un tercero?
¿Qué pasa con las sesiones que no deben ser públicas?
¿Se integra con las cámaras y los micros que ya tenemos?
Un caso real
El Ayuntamiento de Villamayor de Gállego, en Zaragoza, implantó su videoacta digital en 2022: emisión en directo de los plenos, grabación automática, publicación en un portal web creado para el ayuntamiento y firma electrónica de las sesiones. La retransmisión de plenos municipales en directo es la primera pieza del mismo proceso.
Qué es una videoacta
La grabación de la sesión unida al acta
Una videoacta relaciona la grabación audiovisual de la sesión con el acta y con la documentación asociada, y permite consultar el vídeo por puntos del orden del día. Es el término que el sector usa de verdad: aparece en pliegos y en las actas de ayuntamientos que ya trabajan así.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales antes de implantar la videoacta
¿Quieres ver cómo quedaría la videoacta de tu ayuntamiento?
Envíanos el orden del día de una sesión real y te enseñamos cómo se indexa, se firma y se publica.